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Traspasos.co es una empresa privada de gestión de trámites. No somos, ni representamos, ni estamos afiliados a ningún organismo de tránsito ni entidad del Estado.

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Cotizador 2026

Cuánto cuesta el trámite y quién paga qué

Derechos oficiales de Medellín, Sabaneta, Envigado e Itagüí, la tasa municipal que Medellín no cobra, la retención del 1 % y nuestros honorarios, al peso y repartidos entre comprador y vendedor. Sin pedirle datos.

Organismo de tránsito donde está matriculado
Clase de vehículo

Para calcular la retención del 1 %. La base es el valor acordado, que no puede ser menor al mínimo que fija el Ministerio de Transporte para su vehículo.

La retención la paga quien vende, que es quien la causa (art. 398 del Estatuto Tributario). Derechos, tasa municipal y honorarios, a medias.

Preguntas

Lo que más preguntan al cotizar

¿Quién paga el traspaso, el comprador o el vendedor?
La norma no lo reparte: lo acuerdan las partes. Lo único que la ley sí asigna es la retención en la fuente del 1 %, que la causa quien vende como enajenante de un activo fijo (art. 398 del Estatuto Tributario). La costumbre comercial en Colombia es que el vendedor asuma la retención y que los derechos de tránsito, la tasa municipal y los honorarios de gestión se dividan a medias. También es frecuente que uno de los dos asuma todo, cuando el precio del vehículo se negoció «con traspaso incluido» o «con papeles al día». El cotizador muestra las cuatro variantes para que el acuerdo quede claro antes de firmar.
¿Cómo se calcula la retención en la fuente del 1 %?
Sobre el valor de enajenación acordado entre las partes, que no puede ser inferior al mínimo que fija el Ministerio de Transporte para ese vehículo (base gravable del sistema SIGBA). Es el 1 % de ese valor y la paga quien vende, cuando es persona natural. En ventas de empresa, sucesiones u otras transferencias el tratamiento tributario se confirma caso por caso antes de pagar. Fuente: artículos 90 y 398 del Estatuto Tributario y Concepto DIAN 012330 de 2025.
¿Por qué el traspaso cuesta distinto en Sabaneta, Envigado e Itagüí que en Medellín?
Porque cada organismo de tránsito fija sus derechos y porque Medellín no cobra semaforización ni sistematización, mientras que Sabaneta, Envigado e Itagüí sí cobran una tasa municipal anual junto con el trámite. Por ejemplo, el traspaso de un carro cuesta $128.900 de derechos en Medellín y $259.600 en Sabaneta ($198.000 de derechos más $61.600 de derechos municipales (semaforización y sistematización)). Tarifas 2026 cotejadas contra los actos administrativos de cada organismo.
¿Los honorarios incluyen los derechos de tránsito?
No. Los derechos de tránsito, la tasa municipal y la retención son dinero del Estado y se pagan con recibo a nombre del cliente; el cotizador los muestra aparte, al peso, para que se vea qué es tarifa pública y qué es el servicio. Los honorarios son solo la gestión llave en mano: improntas donde esté el vehículo, documentos, radicación por taquilla de apoderados y seguimiento, con garantía de devolución del 100 % si el trámite no se puede radicar.
¿Esta cotización es una liquidación oficial?
No. Es una estimación hecha con las tarifas oficiales de 2026 de cada organismo de tránsito y la regla tributaria vigente. La liquidación oficial la hace el organismo al radicar. Lo que el cotizador no puede saber sin mirar la placa: los impuestos atrasados del vehículo, los comparendos de las partes y si hay una prenda o medida sobre el registro. Eso lo revisa el diagnóstico gratuito antes de que pague nada.
Fuentes

De dónde sale cada cifra

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